Nombre : INSTRUMENTO DE ADHESIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE PRERROGATIVAS E INMUNIDADES DEL ORGANISMO PARA LA PROSCRIPCIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (OPANAL).

Materia : Energía Naturaleza :

Tipo / Documento : Instrumento

Multilateral Reserva : No

Organismo Internacional de Origen : Instrumento para la Proscripción de las armas nucleares en América Latina y el Caribe

Fecha de: Adhesión 22/06/2004 Estado : Vigente

Fecha de Ratificación : Diario Oficial : 136

Tomo : 364Publicación DO : 21/07/2004

Modificaciones :
Comentarios : EL PRESENTE INSTRUMENTO DE ADHESIÓN DEBE SER INCORPORADO A LA CONVENCIÓN SOBRE PRERROGATIVAS E INMUNIDADES DEL ORGANISMO PARA LA PROSCRIPCIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE; PUES CONSTITUYE EL ELEMENTO JURÍDICO QUE LE DA VIDA EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO.- L.B.

Actualizado: Si Confrontado: Si
Contenido :
ELIAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA DE EL SALVADOR.


POR CUANTO:

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, mediante Acuerdo No. 056 de fecha 13 de febrero de 2004 aprobó y se adhirió en todas sus partes a la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (OPANAL), la cual consta de Un Preámbulo y Ocho Artículos, adoptada en los Estados Unidos Mexicanos el 23 de diciembre de 1969.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales, expide el presente Instrumento de Adhesión, firmado de Su mano, sellado con el Sello Mayor de la República y refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Licenciado Francisco Esteban Laínez Rivas, para ser depositado ante el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (OPANAL), al tenor de lo establecido en el Artículo 8, numeral 2) del referido Instrumento Internacional. COMUNÍQUESE.

San Salvador, a los veintidós días del mes de junio de dos mil cuatro.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Laínez Rivas.