Nombre : CANJE DE NOTAS CONCERNIENTE AL ESTUDIO DEL DISEÑO DETALLADO SOBRE "REHABILITACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION"

Materia : Administrativa Naturaleza :

Tipo / Documento : Canje

Bilateral Reserva : No

Organismo Internacional de Origen : Agencia de Cooperación Internacional del Japón

Fecha de: Suscripción Estado : Vigente

Fecha de Ratificación : 24/05/2001Diario Oficial : 118

Tomo : 351Publicación DO : 25/06/2001

Modificaciones :
Comentarios : El presente Canje de Notas suscrito entre el Gobierno del Japón y el Gobierno de la República de El Salvador Sobre la "REHABILITACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION" reúne los siguientes objetivos, llevar a cabo estudios de ingeniería y ambientales necesarios, complementar un diseño detallado y preparar un borrador de los documentos de licitación del proyecto y la transferencia de tecnología; Dichas labores serán conducidas a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón.
EB.
* INSTRUMENTO SUJETO A INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.-


Actualizado: No Confrontado: No
Contenido :


ES-033-2001
Al Honorable
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Dirección General de Cooperación Externa,
Presente.

La Embajada del Japón saluda muy atentamente al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores, y tiene el Honor de referirse a las recientes conservaciones sostenidas entre los representantes del Gobierno del Japón y del Gobierno de la República de El Salvador, relativas a la solicitud del Estudio del Diseño Detallado sobre "REHABILITACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION" y proponer los siguientes arreglos:
1. El Gobierno del Japón conducirá el Estudio a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), de acuerdo con las Leyes y regulaciones relevantes del Japón.
2. El Gobierno de la República de El Salvador acordará los privilegios, inmunidades y otros beneficios o facilidades para el equipo de estudio japonés necesario para la conducción del Estudio y tomará las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los miembros del equipo de estudio.
3. La Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) tomará, como agencia ejecutora del proyecto, las responsabilidades que puedan surgir de los productos del estudio.
4. Los detalles y procedimientos para la cooperación en los presentes arreglos, inclusive privilegios, inmunidades y otros beneficios específicos que serán concedidos al equipo de estudio japonés. Tal como se ha establecido en el párrafo 2 arriba mencionado, serán proveídos para la implementación de los arreglos que serán acordados y firmados entre la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) y la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) de la República de El Salvador.

La Embajada del Japón tiene además el honor de proponer que, la presente Nota verbal y la nota Verbal emitida por el Honorable Ministerio como respuesta a la aceptación en nombre del Gobierno de la República de El Salvador, sean consideradas como las que constituyen un acuerdo entre los dos Gobiernos.
La Embajada del Japón aprovecha la oportunidad para reiterar al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores, las seguridades de su más alta y distinguida consideración.

San Salvador, 5 de Febrero de 2001.

A la Honorable Embajada del Japón,
Presente.

R.R.E.E./DGCE/064/2001

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador saluda muy atentamente a la Honorable Embajada del Japón y tiene el Honor de acusar recibo de la Nota No. ES 033 2001 fechada 5 de Febrero de 2001, concerniente al Estudio de Diseño Detallado sobre "REHABILITACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION" y que literalmente dice:
"La Embajada del Japón saluda muy atentamente al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores, y tiene el honor de referirse a las recientes conversaciones sostenidas entre los representantes del Gobierno del Japón y del Gobierno de la República de El Salvador, relativas a la solicitud del Estudio del Diseño Detallado sobre "REHABILITACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION" y proponer los siguientes arreglos:
1. El Gobierno del Japón conducirá el Estudio a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), de acuerdo con las Leyes y regulaciones relevantes del Japón.
2. El Gobierno de la República de El Salvador acordará los privilegios, inmunidades y otros beneficios o facilidades para el equipo de Estudio japonés necesario para la conducción del Estudio y tomará las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los miembros del equipo de estudio.
3. La Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) tomará, como agencia ejecutora del proyecto, las responsabilidades que puedan surgir de los productos del Estudio.

R.R.E.E./DGCE/064/2001-N° 2
4. Los detalles y procedimientos para la cooperación en los presentes arreglos, inclusive privilegios, inmunidades y otros beneficios específicos que serán concedidos al equipo de estudio japonés, tal como se ha establecido en el párrafo 2 arriba mencionado, serán proveídos para la implementación de los arreglos que serán acordados y firmados entre la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) y la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) de la República de El Salvador.
La Embajada del Japón tiene además el Honor de proponer que, la presente Nota verbal y la nota Verbal emitida por el Honorable Ministerio como respuesta a la aceptación en nombre del Gobierno de la República de El Salvador, sean consideradas como las que constituyen un acuerdo entre los dos Gobiernos.
La Embajada del Japón aprovecha la oportunidad para reiterar al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores, las seguridades de su más alta y distinguida consideración.


San Salvador, 5 de Febrero de 2001".

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador tiene además el Honor de aceptar en nombre del Gobierno de la República de El Salvador, la propuesta establecida en la Nota antes mencionada y está de acuerdo en que la Nota de la Embajada y esta nota sean consideradas como las que constituyen un acuerdo entre los dos Gobiernos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores aprovecha la ocasión para reiterar a esa Honorable Representación Diplomática las muestras de su alta consideración y estima.
San Salvador, 5 de Febrero de 2001.


ALCANCE DE TRABAJO PARA EL DISEÑO DETALLADO SOBRE EL PROYECTO DE REACTIVACION PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR
ACORDADO ENTRE COMISION EJECUTIVA PORTUARIA AUTONOMA Y AGENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL JAPON

San Salvador, 22 de marzo de 2001
Lic. María Eugenia BRIZUELA DE AVILA
Ministra,
Ministerio de Relaciones Exteriores

Ing. KUMAGAI Hidenori
Jefe de la Misión de Estudio Preparatorio,
Agencia de Cooperación
Internacional del Japón (JICA)

Ing. Ruy César MIRANDA
Presidente,
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA)

1. INTRODUCCION

En respuesta a la solicitud del Gobierno de la República de El Salvador (de aquí en adelante referido como GOES), el Gobierno del Japón (de aquí en adelante referido como GOJ) ha decidido llevar a cabo el Estudio de Diseño Detallado sobre el Proyecto de Reactivación Portuaria en Provincia de La Unión (de aquí en adelante referido como el Estudio), de acuerdo con las leyes y reglamentos relativos vigentes en el Japón.

Por consiguiente, la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (de aquí en adelante referida como JICA), agencia oficial y responsable para la implementación de los programas de cooperación técnica del GOJ, se encargará del estudio, en estrecha cooperación con las autoridades concernientes del GOES.
El presente documento establece el Alcance de Trabajo con respecto al Estudio.

II. OBJETIVOS DEL ESTUDIO
Los objetivos del Estudio son:
1. Llevar a cabo estudios de ingeniería y ambientales necesarios, completar un diseño detallado y preparar un borrador de los documentos de licitación del Proyecto, y
2. Ejercer la transferencia de tecnología al personal contraparte del GOES en el transcurso del Estudio.

III. AREA DE ESTUDIO
El área de Estudio incluirá el Puerto Cutuco y el área adyacente.

IV. ALCANCE DEL ESTUDIO
Para lograr los objetivos arriba mencionados, el Estudio cubrirá los siguientes ítems.
1. Estudio preliminar
(1) Revisión del estudio de viabilidad realizado por JICA (el Estudio para Reactivación Portuaria en el Departamento de La Unión de la República de El Salvador) y otras informaciones afines incluyendo el resultado de la misión de evaluación por JBIC (Japan Bank of International Cooperation).
(2) Estudio suplementario sobre las condiciones actuales

2. Estudio de Condiciones Naturales
(1) Estudio topográfico y batimétrico
(2) Estudio de corrientes
(3) Estudio geotécnico

3. Estudio Suplementario de Medio Ambiente

4. Diseño Básico
(1) Determinación de criterio y pautas de diseño
(2) Determinación de pautas de construcción
(3) Diseño básico de las instalaciones portuarias y otras instalaciones afines

5. Diseño Detallado

6. Plan de Construcción

7. Lista de Cantidades y Estimación de Costos

8. Borrador de Documentos de Licitación y Contrato

9. Evaluación Total y Recomendaciones

V. CRONOGRAMA DE ESTUDIO
El Estudio se llevará a cabo según el cronograma tentativo mostrado en el Apéndice.

VI. INFORMES
JICA preparará y presentará los siguientes informes en inglés al GOES.
1. Informa Inicial:
Veinte (20) copias, en el inicio del Estudio.
2. Informe de Progreso
Veinte (20) copias, dentro de cuatro (4) meses a partir del inicio del Estudio
3. Informe de Diseño Básico
Veinte (20) copias, dentro de siete (7) meses a partir del inicio del Estudio.
4. Borrador del Informe Final (incluyendo un Borrador de Documentos de Licitación y del Contrato):
Veinte (20) copias, dentro de trece (13) meses a partir del inicio del Estudio.
5. Informe Final (incluyendo el Borrador Revisado de Documentos de Licitación y del Contrato):
Treinta (30) copias, dentro de un (1) mes contado a partir de la recepción de los comentarios escritos del GOES sobre el Borrador de Informe Final, mientras se supone que estos comentarios se entreguen a JICA dentro de un (1) mes después de recibirse el Borrador de Informe Final.

6. Informe Mensual
Veinte (20) copias, al fin de cada mes.

VII. COMPROMISOS DEL GOBIERNO DE EL SALVADOR
1. Para facilitar la óptima realización del estudio, el GOES tomará las medidas necesarias para:
(1) Garantizar la seguridad de la Misión japonesa,
(2) Permitir a los miembros de la Misión japonesa entrar, salir y permanecer en El Salvador mientras duren sus trabajos, y eximirles de los requisitos de registro de extranjeros y los gastos consulares y de embarque,
(3) Eximir a los miembros de la Misión japonesa de impuestos, tasas y otras cargas fiscales sobre los equipos, maquinaria y otros materiales traídos a El Salvador para la ejecución del Estudio,
(4) Eximir a los miembros de la Misión japonesa de impuestos sobre ingresos y otras cargas fiscales de cualquier clase sobre o en conexión con cualquier tipo de emolumentos o asignaciones pagados a los miembros de la Misión por sus servicios concernientes a la ejecución del Estudio.
(5) Proporcionar a la Misión japonesa las facilidades necesarias para remitir y utilizar fondos introducidos del Japón en El Salvador relacionados con la ejecución del Estudio,
(6) Garantizar permisos para entrar en las propiedades privadas o áreas restringidas a fin de ejecutar el Estudio,
(7) Garantizar permisos a la Misión japonesa para tomar todos los datos y documentos (incluyendo las fotografías) relacionados con el Estudio y llevarlos fuera de El Salvador hasta el Japón, y
(8) Proporcionar servicios médicos cuando sea necesario, los gastos podrán ser cargados a los miembros de la Misión japonesa.

2. El GOES se hará cargo de las reclamaciones, si surgiera alguna, contra los miembros de la Misión japonesa a consecuencia de, en el transcurso de, o relacionadas de alguna otra forma con el cumplimiento de sus deberes en la ejecución del Estudio, excepto cuando dichas reclamaciones se originen por grave negligencia o mala conducta intencional de parte de los miembros de la Misión japonesa.

3. En nombre del GOES, la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (de aquí en adelante referida como CEPA) actuará como la organización contraparte de la Misión de estudio japonesa así como el ente coordinador con otras organizaciones pertinentes para la óptima ejecución del Estudio.

4. CEPA, a sus propias expensas, en cooperación con otras organizaciones relacionadas, proveerá a la Misión japonesa de lo siguiente:
(1) Datos e informaciones disponibles (incluyendo mapas) respecto del Estudio,
(2) Personal de contraparte,
(3) Espacio de oficina equipada apropiadamente y con aire-acondicionado, en San Salvador y La Unión,
(4) Credenciales o tarjetas de identificación, y
(5) Número apropiado de vehículos con chofer.

VIII. COMPROMISOS DE JICA
Para la ejecución del Estudio, JICA tomará las medidas siguientes:
(1) Enviar, a sus propias expensas, las misiones a El Salvador, y
(2) Dedicarse a la transferencia de tecnología al personal de contraparte en el transcurso del Estudio.

IX. CONSULTAS
JICA y CEPA se consultarán mutuamente respecto de cualquier asunto que pudiera surgir de o en conexión con el Estudio.

X. OTROS
En caso de que surgiera cualquier divergencia en la interpretación del Alcance de Trabajo, que se prepara en inglés y español, la versión en inglés prevalecerá.

APENDICE (Pág. 9)

MINUTAS DE DISCUSIONES DEL ALCANCE DE TRABAJO PARA EL DISEÑO DETALLADO SOBRE EL PROYECTO DE REACTIVACION PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

ACORDADO ENTRE COMISION EJECUTIVA PORTUARIA AUTONOMA Y AGENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL JAPON

San Salvador, 22 de marzo, 2001

Lic. María Eugenia BRIZUELA DE AVILA
Minister,
Ministry of Foreign Affairs

Ing. KUMAGAI Hidenori
Preparatory Study Team,
Japan International
Cooperation Agency (JICA)

Ing. Ruy César MIRANDA
President
Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA)

La Misión Japonesa de Estudio Preparatorio (que en adelante se denominará "la Misión") organizada por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (que en adelante se denominará "JICA") y encabezada por el Ing. Hidenori KUMAGAI visitó El Salvador desde el 12 hasta el 24 de marzo de 2001, para discutir el Alcance del Trabajo para el Diseño Detallado sobre el Proyecto de Reactivación Portuaria en el Departamento de La Unión de la República de El Salvador (que en adelante se denominará "el Estudio")
La Misión realizó visitas de campo y sostuvo una serie de discusiones sobre el Alcance del Trabajo para el Estudio, con las autoridades competentes del Gobierno de El Salvador (que en adelante se denominará "GOES").
Las reuniones fueron celebradas entre los oficiales de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (que en adelante se denominará "CEPA") y la Misión. La lista de participantes de las reuniones se señala en el Apéndice.
Como resultado de las discusiones, los puntos siguientes fueron confirmados entre la CEPA y la Misión:
1.Esquema de JICA para el Desarrollo del Estudio
La Misión explicó a la CEPA que el Estudio se llevará a cabo bajo el esquema de JICA para el Desarrollo del Estudio, por medio de una donación, en lugar de ser ejecutado por la CEPA financiado por el préstamo de JBIC (Japan Bank for International Cooperation). La Misión también explicó que el Estudio se realizará de acuerdo con el Alcance del Trabajo (A/T) y reglamentos de JICA. La CEPA expresó su acuerdo en este punto.

2. Alcance del Estudio
La Misión confirmó que el Estudio cubre Diseño Básico (D/B) y Diseño Detallado (D/D) y que el resto del alcance del servicio de asesoría, asistencia para la licitación, y supervisión de la construcción serán ejecutados por los consultores a ser contratados por la CEPA bajo el Préstamo de JBIC y de acuerdo con las disposiciones del JBIC para la selección de consultores. La CEPA expresó su acuerdo en este punto.

3. Establecimiento de un Comité de Coordinación Conjunta
La Misión solicitó a la CEPA que establezca un comité de coordinación conjunta y un comité técnico organizados por los miembros de las autoridades competentes, con el propósito de facilitar la aceptación y aprobación de los informes y documentos.
El comité de coordinación conjunta será presidido por el presidente de la CEPA y compuesto por los Viceministros de los Ministerios relacionados con el proyecto. El comité técnico será presidido por la CEPA y compuesto por los oficiales del nivel de trabajo técnico para facilitar la aprobación de informes y documentos y otros aspectos.

4. Capacitación de personal de contraparte
La Misión explicó que el personal de contraparte no puede ser aceptado para que participe en capacitación en el Japón, bajo el esquema de desarrollo del estudio, debido a que la mayor parte del Estudio se llevará a cabo en El Salvador. La Misión confirmó que la transferencia técnica se realizará mediante la capacitación en el sitio durante el transcurso del estudio en plena escala.

5. Construcción del camino de acceso al sitio del proyecto
La Misión solicitó que la CEPA confirme que el Ministerio de Obras Públicas se encargue de la construcción del camino de acceso, y que su terminación es condición para el comienzo del Proyecto.

6. Informes
La CEPA solicitó que el resumen del borrador del informe final y del informe final se presenten también en español. La Misión mostró su acuerdo, pero confirmó que la version en inglés prevalecerá en caso de discrepancia.

7. Número de informes
La CEPA y la Misión acordaron preparar el informe final como sigue;
Veinte (20) copias del informe completo (incluyendo resumenes en inglés y en español, informe principal, apéndice y borrador de los documentos de licitación)
Veinte (20) copias de resumen en español
Diez (10) copias de resumen en inglés

Apéndice

Lista de Participantes

1. Parte salvadoreña:
«Ministerio de Relaciones Exteriores»
Lic. María Eugenia Brizuela de Avila Ministra
Lic. Héctor R. González Urrutia Viceministro
Lic. Mirna Alas de Miranda Directora de cooperación de Asia Africa y Oceanía

«Ministerio de Economía»
Lic. Blanca Imelda Jaco de Magaña Viceministra
Lic. Isabel Muyshondt Asesor
Lic. Oscar Hernandez Asesor

«Ministerio de Obras Públicas»
Lic. José Angel Quiroz Ministro
Ing. Carlos Mauricio Duque Viceministro

«Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales»
Dra. Ana María Majano Ministra
Ing. Edgar Hasbún Asesor
Lic. Roberto A. Rivas Director General de Medio Ambiente
Arq. Javier Figueroa Técnico de Gestión Ambiental

«Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA)»
Ing. Ruy César Miranda Presidente
Lic. Mario Chavez Tomasino Gerente General
Lic. Rolando Díaz Benavides Gerente de Planificación
Ing. Edna Elizabeth Escobar Gerente de Ingeniería
Ing. Julio S. Montes Asesor
Ing. Roberto Mendoza Recinos Jefe del Departamento de Diseño
Lic. Fernando Arturo Olivares Rauda Jefe de Operaciones, Puerto de Acajutla

«Corporación Salvadoreña de Inversión (CORSAIN)»
Ing. Leopoldo Zelaya Gerente de Operaciones

«Eco Ingenieros»
Ing. José Rodolfo Montufar Gerente General

2. Parte japonesa:

«Misión de Estudio Preparatorio»
Sr. Hidenori KUMAGAI Jefe
Sr. Hozumi KATSUTA Sub-Jefe/Planificación Portuaria
Sra. Rinko JOGO Planificación de Estudio
Sr. Masahiro YOKOGAWA Diseño de Instalaciones Portuarias
Sr. Tatsuyuki KADUKI Administración Portuaria/Maquinaria de Manejo de Carga
Sr. Makoto OGAWA Condición Natural/Medio Ambiente
Sra. Yoshiko FUKUI Intérprete

«Embajada de Japón en El Salvador»
Sr. Saburo YAZAWA Embajador
Sr. Kiyotaka KOSUGI Segundo Secretario

«Oficina de JICA en El Salvador»
Sr. Atsushi KAMISHIMA Representante Residente
Sr. Takahiro SHINCHI Asesor para Formulación de Proyectos

ACUERDO No. 394

San Salvador, 4 de mayo de 2001

Visto el Canje de Notas concerniente al estudio del diseño Detallado sobre "Rehabilitación de la Actividad Portuaria en el Departamento de La Unión", celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno del Japón, el 5 de febrero de 2001, el cual consta de Un Preámbulo, Cuatro Numerales, Un Alcance de trabajo para el Diseño Detallado sobre el Proyecto de Reactivación Portuaria en el Departamento de La Unión de la República de El Salvador acordado entre la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (suscrito el 22 de marzo de 2001) y Unas Minutas de Discusiones del Alcance de trabajo, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador por la suscrita, y en nombre y representación del Gobierno del Japón, el Señor Embajador del Japón acreditado ante este país, Don Saburo Yuzawa; el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, ACUERDA: a) Aprobarlo en todas sus partes; y b) Someterlo a consideración de la Honorable Asamblea Legislativa para que si lo tiene a bien se sirva otorgarle su ratificación. COMUNIQUESE.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

BRIZUELA DE AVILA.


DECRETO NO. 426.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que en la ciudad de San Salvador, Gobierno de la República de El Salvador, se suscribió el Canje de Notas concerniente al estudio del Diseño Detallado sobre "REHABILITACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION", celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno del Japón, el 5 de febrero de 2001, el cual consta de Un Preámbulo, Cuatro Numerales, Un Alcance de Trabajo para el Diseño Detallado sobre el Proyecto de Reactivación Portuaria en el Departamento de La Unión de la República de El Salvador, acordado entre la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (suscrito el 22 de marzo de 2001) y Unas Minutas de Discusiones del Alcance de Trabajo, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador, por la Ministra de Relaciones Exteriores, Licenciada María Eugenia Brizuela de Avila, y en nombre y representación del Gobierno del Japón, el Señor Embajador acreditado ante este país, Don Saburo Yuzawa;

II.- Que el Canje de Notas al que se hace referencia en el Considerando anterior, fue aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 394, de fecha 4 de mayo del corriente año;

III.- Que el relacionado Canje de Notas, no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, por lo que es procedente su ratificación;

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio de la Ministra de Relaciones Exteriores y de conformidad al Art. 131 ordinal 7o. de la Constitución, en relación con el Art. 168 ordinal 4o. de la misma,

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Canje de Notas concerniente al estudio del Diseño detallado sobre "REHABILITACION DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA UNION", celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador y el Gobierno del Japón, el 5 de febrero de 2001, el cual consta de Un Preámbulo, Cuatro Numerales, Un Alcance de Trabajo para el Diseño sobre el Proyecto de Reactivación Portuaria en el Departamento de La Unión de la República de El Salvador, acordado entre la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (suscrito el 22 de marzo de 2001) y Unas Minutas de Discusiones del Alcance de Trabajo, en nombre y representación del Gobierno de El Salvador, la Ministra de Relaciones Exteriores, Licenciada María Eugenia Brizuela de Avila, y en nombre y representación del Gobierno del Japón, el Señor Embajador acreditado ante este país, Don Saburo Yuzawa, aprobado por el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por medio del Acuerdo No. 394, de fecha 4 de mayo del corriente año.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil uno.
WALTER RENE ARAUJO MORALES,
PRESIDENTE.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,
VICEPRESIDENTE.

JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA,
VICEPRESIDENTE.

CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON,
SECRETARIA.

JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA,
SECRETARIO.

ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA,
SECRETARIO.

WILLIAN RIZZIERY PICHINTE,
SECRETARIO.

RUBEN ORELLANA,
SECRETARIO.

AGUSTIN DIAZ SARAVIA,
SECRETARIO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, uno de junio del año dos mil uno.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,
Presidente de la República.

MARIA EUGENIA BRIZUELA DE AVILA,
Ministra de Relaciones Exteriores.