SDIG

Servio nacional de Facilitadores Judiciales República de El Salvador

La Corte Suprema de Justicia a través dela Unidad Coordinadora del Servicio Nacional de Facilitadores Judicialesdirigidapor el Lic. Carlos Enrique Monroy Zúniga, Jefe de la Unidaduniendoesfuerzos con el Programa de Educación Cívica de las Oficinas Departamentales de la Asamblea Legislativa y el Juzgado de Paz de San Pedro Puxtla, brindaronla capacitación sobre el tema: “El Quehacer Legislativo” el cual fueimpartido por el Lic. Elvis Márquez, encargado de Programa de la Asamblea Legislativa del departamento de Ahuachapán. Para dicho eventose tuvo como invitados a personal de la Alcaldía Municipal, Casa de la Cultura y el Centro Escolar del municipio.

Sala de lo Contencioso Administrativo en pleno, celebró audiencia en proceso inicial bajo la modalidad virtual, con el objetivo de garantizar el acceso a la justicia, además de proteger a las partes del proceso.

Participaron los Magistrados: Presidente de la Sala, Lic. Roberto Carlos Calderón; Licda. Elsy Dueñas Lovos, Lic. Sergio Luis Rivera Márquez y Licda. Paula Patricia Velásquez.La audiencia también contó con la participación de la representación fiscal y por la vía virtual externa las partes intervinientes.

Controversia 14-2020

La controversia constitucional se originó por el veto emitido por el Presidente de la República en contra del Decreto Legislativo número 763, aprobado el 29 de octubre de 2020 (D. L. n° 763-2020), que contiene la “Disposición Transitoria para permitir el normal desempeño de las municipalidades en el último semestre de la administración de los concejos municipales electos para el período 2018-2021”, por la presunta vulneración al art. 135 Cn. El texto del Decreto vetado dice:

Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad 4 Movilidad de las personas con Discapacidad #EducaciónJudicialPopular

Toda persona con discapacidad tiene derecho a la movilización personal, por lo que toda obra pública o privada, por mandato legal deben adecuase los accesos, medios de circulación, información e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad. La Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad reconoce estos derechos.

Polémica sobre el control difuso de la constitucionalidad

Entendemos por control
constitucional al conjunto de medidas de carácter político, parlamentario, jurisdiccional o social destinadas a hacer que se respete y mantenga el estado de constitucionalidad, la vigencia y aplicación de la ley fundamental del estado, como base para el orden jurídico y la estabilidad política.