Boletín de Educación Judicial Popular 37-2021 – Derecho colectivo de trabajo

Boletín-de-Educación-Judicial-Popular-37-2021-del-03.06.2021-Derecho-colectivo-de-trabajo

En la edición de estos boletines, se ha definido que existe una relación entre trabajadores y patronos que se plasma en un contrato individual de trabajo, sea verbal o escrito y se regula por voluntad de los mismos, haciéndolos sujetos de derechos y deberes. El Código de Trabajo contempla la figura de contratación que es el contrato colectivo de trabajo, en los que patronos y trabajadores definen normas que rigen las relaciones laborales con la variante que un patrono participa con uno o varios sindicatos; constituyendo un medio para lograr el equilibrio entre trabajadores y patronos. Este contrato colectivo al igual que todo tipo de acuerdo de voluntades está normado por la Ley, por lo que tiene naturaleza jurídica que procura crear un equilibrio entre las partes, siendo esta la obligatoriedad para el patrono.

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