Corte Suprema de Justicia capacita a colaboradores judiciales sobre: “Ley de Procedimientos Administrativos”

Con el objetivo de reforzar y ampliar conocimientos sobre la nueva competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativo -Ley de Procedimientos Administrativos; el Departamento de Capacitación y Desarrollo de la Dirección de Talento Humano Institucional, realizó la primer jornada de capacitación con el fin de facilitar a los colaboradores de la Sala de lo Constitucional, Civil, Penal y Contencioso Administrativo, Cámara  y Juzgados de lo Contencioso Administrativo un mejor análisis, serio y profundo sobre los criterios de aplicación de dicha ley; ya que por ser nueva, los procedimientos que se deriven de ella vendrán a ser objeto de control por los tribunales.

Se hicieron presente los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Presidente Lic. Sergio Luis Rivera Márquez y Lcda. Paula Patricia Velásquez Centeno. El magistrado Rivera Márquez en su intervención dijo: “A estas alturas del año 2019 tenemos un recorrido importante con la vigencia de dos cuerpos normativos, la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo y la Ley de Procedimientos Administrativos; normas que desde su aplicación dan la oportunidad de descubrir vacíos o formas distintas de interpretación, y en esa medida se ha estimado importante la realización de este curso en el cual tendremos a una excelente ponente, y desde esa perspectiva los invito a participar al máximo con sus aportes para ampliar el nivel de estudio sobre esta ley”.

La encargada de la ponencia, Msc. Karla María Fratti de Vega explicó sobre las Normas generales, derechos de las personas frente a la administración: Contenido y Ámbito de aplicación de la ley, Principios generales de la actividad administrativa; Régimen jurídico de los actos de la Administración Pública: Requisitos de validez e invalidez del acto, Eficacia, ejecución y Responsabilidad patrimonial. Durante la capacitación se hicieron talleres de trabajo en el cual los participantes solventaron inquietudes y analizaron diferentes disyuntivas sobre la aplicación de la ley. Asimismo se abordarán en las siguientes jornadas temáticas como: Disposiciones generales, Inicio del procedimiento, legitimación, términos y plazos; Los recursos administrativos: reconsideración, apelación, recurso extraordinario de revisión; Agotamiento de la vía administrativa, Potestad sancionatoria y Potestad normativa.

El Art. 1 de la Ley de Procedimientos Administrativos tiene por objeto regular: 1. Los requisitos de validez y eficacia de las actuaciones administrativas de toda la Administración Pública; 2. Los derechos de los ciudadanos frente a la Administración Pública; 3. El régimen de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública y de sus funcionarios; y, 4. El ejercicio de la potestad normativa, así como los principios y garantías del procedimiento administrativo sancionador.

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