Aviso, denuncia y consulta

Canales de aviso, denuncia y consulta ante cualquier indicio de soborno

El Órgano Judicial garantiza la confidencialidad de los denunciantes e insta a todas las personas a utilizar de manera responsable estos canales oficiales, contribuyendo así a consolidar un sistema de justicia más íntegro, imparcial y confiable para la sociedad.

Definiciones

Consulta: Acto de solicitar información sobre cómo proceder con hechos que puedan constituir una falta administrativa y/o delito, así como otro tipo de información en el marco del Sistema de Gestión Antisoborno.

Aviso: Acto de informar sobre soborno o sospecha de soborno, en el que la persona que informa no se identifica (denuncia anónima).

Denuncia: Acto de informar sobre soborno o sospecha de soborno, en el que la persona que informa sí se identifica.

Contenido mínimo de consultas, avisos y denuncias

Con el fin de dar el debido trámite, toda persona al efectuar consultas del SGAS, y/o realizar un aviso o denuncia ante el conocimiento o sospecha de actos de soborno, deberá especificar al menos lo siguiente:

Consultas:
  1. Datos de contacto de la persona que realiza las consultas, a efecto de hacer llegar la respuesta a las mismas.
  2. Descripción detallada de la consulta sobre conductas o actividades relacionadas al Sistema de Gestión Antisoborno en el Órgano Judicial.
Aviso:
  1. Descripción cronológica, detallada y fidedigna de cualquier acto de soborno o sospecha del mismo.
  2. Identificación de las partes involucradas (detallando nombre, cargo/área).
  3. Fecha, lugar y circunstancias del hecho.
Denuncias:
  1. Nombre del denunciante.
  2. Descripción cronológica, detallada y fidedigna de cualquier acto de soborno o sospecha del mismo.
  3. Identificación de las partes involucradas (detallando nombre, cargo/área).
  4. Fecha, lugar y circunstancias del hecho.
  5. Indicación de domicilio, correo electrónico o lugar para recibir notificaciones, si lo considera necesario, para darle seguimiento a su denuncia.

Cuando la denuncia sea contra más de un funcionario o servidor público, deberá de individualizarse el comportamiento o la acción ejecutada por cada uno de estos.

En caso de contar con medios probatorios, tales como: fotos, grabaciones de voz, videos, documentos, entre otros, estos podrán ser remitidos por medio del correo electrónico: [email protected], o de manera física en la Unidad de Cumplimiento.

La persona denunciante podrá solicitar la aplicación de medidas de protección, considerando los riesgos que advierta, relacionados con su trabajo, familia e integridad, entre otros, el cual no se considerará un requisito indispensable para el trámite del aviso o denuncia.

Unidad de Cumplimiento, tercer nivel del Palacio Judicial de la Corte Suprema de Justicia, 
Final de la 17a. Calle Poniente y Diagonal Universitaria, Centro de Gobierno, Distrito de San Salvador